martes, 19 de julio de 2011

Ley Tributaria

CONCEPTOS Y PRINCIPIOS DE LA LEY TRIBUTARIA

Concepto: Potestad tributaria es la facultad para fijar regular y modificar o emitir tributos con fin de obtener recursos para solventar el gasto público.

Principios de la potestad tributaria: El estado impone coercitivamente el pago de dinero de forma unilateral y bajo pena de sanciones en caso de incumplimiento. Debe estar dentro de ciertos límites que dicta la constitución, que no son más que la expresión de la existencia de un estado de derecho.

Principios de la legalidad del tributo o de reserva legal: En el Derecho Tributario, en virtud del principio de legalidad, sólo a través de una norma jurídica con carácter de ley se puede definir todos y cada uno de los elementos de la obligación tributaria, esto es, el hecho imponible, los sujetos obligados al pago, el sistema o la base para determinar el hecho imponible, la fecha de pago, las infracciones, sanciones y las exenciones, así como el órgano legalizado para recibir el pago de los tributos. La máxima latina nullum tributum sine legem determina que para que un tributo sea considerado como tal debe estar contenido en una ley, de lo contrario no es tributo.

Principios de igualdad: La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de los demás cargas públicas.

Este principio  habla de que la ley tributaria debe ser aplicada en igual caso para todas las personas de misma capacidad contributiva, prohibiéndose toda discriminación arbitraria al respecto.


Principio de la NO afectación: Este impuesto se genera para pagar fondos, pero no es específico. No se cobra un impuesto a algo en específico. Este principio tienes como excepción los casos señalados por la propia constitución: Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios en defensa nacional. Asimismo, podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local, puedan ser aplicados, dentro de los narcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras del desarrollo.

Principio de respeto a la propiedad privada: Hay tres formas en que se protege a la propiedad privada, la constitución las dicta y estas son:
Irretroactividad de la ley tributaria: Este principio quiere decir que la ley solo funciona para el futuro no se detiene a ver el pasado. Este principio solo tiene rango legar nada impide que el legislador dicte leyes que tengan retroactividad, dado que la nueva ley prima sobre la antigua.
La NO confiscatoriedad: En este caso se habla de que el impuesto que se cobra a cada contribuyente depende de los ingresos. Un tributo será confiscatorio cuando el monto es irrazonable, o sea cuando el monto a pagar es parte importante del capital.
Respeto a los contratos leyes: Es cuando el estado ah celebrado un contrato con u particular en materias de índole económica, de este convenio nacen derechos que benefician mas al particular que al estado, los que deben ser respetados con el estado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario